jueves, 25 de marzo de 2010

El Supremo condena a cinco años de cárcel a la dueña de un pub barcelonés por el ruido

PERE RÍOS

El alto tribunal reconoce que causar ruido constituye un delito de lesiones

A la cárcel por el ruido de un pub. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que dictó la Audiencia de Barcelona por la que condenó a penas que suman cinco años y medio de cárcel para la propietaria de un pub de esta ciudad por las lesiones provocadas a los vecinos del inmueble. Ésta es una de las sentencias más duras dictadas en España por este motivo.

Después del pronunciamiento del Supremo es muy probable que la propietaria ingrese en prisión, aunque esto aún debe decidirlo el tribunal.

La sentencia relata que entre el 7 de abril del 2005 y el 10 de mayo del 2006 María del Carmen Ahijado Villaroel fue la propietaria del pub Donegal, ubicado en el número 44 de la céntrica calle de Nou de la Rambla. Allí funcionaba un equipo de música hasta las tres de la mañana que "perturbó gravemente la vida familiar y la salud psíquica" de cuatro vecinos. Éstos denunciaron a la mujer y el Ayuntamiento de Barcelona le abrió un expediente instándole a cumplir la ordenanza municipal. Sin embargo, este hecho nunca se produjo. Por ello, los perjudicados denunciaron a la fiscalía las molestias que finalmente han acabado en condena, pues la propietaria se volvió a negar a realizar las medidas correctoras que le demandaron en posteriores inspecciones.

El tribunal condena a la mujer como responsable de un delito contra el medio ambiente a cuatro años y un día de cárcel. También le impone otras tres penas de seis meses cada una por otros tantos delitos de lesiones cometidas contra los afectados.

Finalmente el tribunal ordena a Ahijado que indemnice a cada uno de los tres vecinos con 6.000 euros por los daños provocados.


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