martes, 27 de abril de 2010

Condenan a una comunidad a indemnizar a dos de sus vecinos por el ruido del ascensor

Un juez de Bilbao valora en 12.000 euros el daño psicofísico causado a la pareja y ordena reformar el elevador
JORGE BARBÓ

E. M y S. G, dos residentes en Deusto, llevan casi tres años sin pegar ojo. El culpable de su insomnio es el ascensor del edificio de trece plantas donde viven y el ruidoso cuarto de máquinas que padecen bajo su techo. Ya cansados, tras intentar infructuosamente alcanzar un acuerdo con el resto de sus vecinos, decidieron trasladar el caso a los tribunales. Un juez de Primera Instancia de Bilbao acaba de darles la razón, con una sentencia que expertos judiciales consideran «pionera» en el territorio vizcaíno. La comunidad deberá indemnizar a la pareja con casi 12.000 euros y acometer las obras necesarias para que puedan, por fin, dormir a pierna suelta.
El calvario de E. M y G. S comenzó en 2007, nada más adquirir su vivienda en el número 18 de la Plaza Eliseo Migoya del barrio de Deusto. «Reformamos el piso con toda nuestra ilusión. No teníamos ni idea de lo que se nos venía encima», recuerda E. M. Su hogar se encuentra justo debajo del cuarto de máquinas del elevador del edificio. Y lo que se les vino encima fueron decibelios de molestias. «Desde entonces apenas dormimos cuatro horas al día, y ni siquiera seguidas. Cada vez que se utiliza el ascensor nos despierta», asegura la afectada.
Al principio sufrieron en silencio su problema. Hasta que no aguantaron más y decidieron hacer público su malestar en la escalera. «Les dejamos claro que nos estaba causando un trastorno de sueño serio». Sin embargo, la reacción de sus convecinos no fue la esperada. «Nos dieron a entender que éramos unos quejicas y unos exagerados», sostiene E. M.
Un año después, ya «desesperados», solicitaron la intervención del Ayuntamiento. Era septiembre de 2008 y reclamaron una medición oficial del ruido que soportaban al área de Medio Ambiente. En una de las inspecciones, los sonómetros de los técnicos municipales llegaron a registrar 54 decibelios, cuando la normativa vigente limita a 30 el valor máximo de ruido que debe soportar una persona en su dormitorio por la noche. Con estas evidencias, los afectados decidieron instar de nuevo al vecindario para que adaptase la maquinaria del ascensor de forma que les fuera posible conciliar el sueño.
«Pequeña reforma»
En esta ocasión, consiguieron «hacerles entrar en razón» y una empresa especializada realizó una valoración sobre las medidas más oportunas para aislar el espacio dedicado a acoger los motores del elevador. La comunidad de propietarios acordó liberar fondos para acometer una «pequeña reforma», consistente en construir una bancada que sirviera como aislante de la maquinaria.
La medida, sin embargo, se reveló insuficiente poco tiempo después y los inquilinos del último piso continuaron padeciendo los problemas derivados de la falta de descanso. Volvieron a reclamar una nueva inspección municipal y los técnicos registraron un valor de 51 decibelios en la habitación, «resultado que supera ampliamente los límites máximos establecidos», resumen los denunciantes.
Ante semejante panorama, E. M. decidió hacer las maletas y pasar las noches en casa de un familiar. «Como no podía dormir, ya me dedicaba a contar los viajes del ascensor. Recuerdo que una madrugada fueron 47». Los episodios de insomnio comenzaron a hacer mella en la salud y en el estado de ánimo de la pareja. «No veíamos salida y al final tuvimos que recurrir a la justicia», ilustra la afectada. «Pero que quede claro que antes de llegar a los tribunales intentamos arreglarlo por las buenas con nuestros vecinos», subraya.
El fallo del Juzgado de Primera Instancia número once de Bilbao se firmó el pasado 30 de marzo. Su titular condena a la comunidad de propietarios del número 17 de la Plaza Eliseo Migoya a indemnizar con 6.000 euros a E. M y otros 5.700 a S. G por las «molestias provocadas por el ascensor». «La falta de sueño ha generado en los demandantes una situación psicofísica que ha precisado tratamiento e, incluso, la visita a un cardiólogo y la imposibilidad de permanecer en su vivienda durante la noche», concluye el juez, que además ordena «acometer en el plazo de tres meses las reformas necesarias en las instalaciones para el cese de los ruidos». Requeridos por este periódico para valorar la sentencia, los residentes de este bloque del barrio de Deusto rehusaron realizar «ninguna declaración».
El jurista especializado en casos relacionados con el ruido Alfonso Terceño destacó el carácter «pionero» del fallo, ya que «nunca antes un juez se ha pronunciado a favor de unos particulares afectados por las molestias de un ascensor».

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