R. S.
El Ayuntamiento ha sido condenado a pagar 15.000 euros a un matrimonio por su pasividad durante tres años ante las numerosas denuncias por los ruidos que causaban de madrugada los congeladores, aparatos de aire acondicionado y carros de reposición de un supermercado.
La sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Sevilla explica que el supermercado DIA funcionó sin licencia de apertura entre diciembre de 2002 y abril de 2005, periodo durante el cual el Ayuntamiento, ante las numerosas quejas vecinales, sólo le impuso una multa de 450,76 euros.
La sentencia acuerda indemnizar al matrimonio por sus problemas de insomnio y falta de concentración, junto a otros aspectos "difíciles de cuantificar como el malestar, la desesperación e impotencia ante una situación como la descrita", según la juez.
Mediciones de la propia Policía Local certificaron que al dormitorio de los afectados llegaban ruidos que superaban el máximo autorizado, por lo que la juez considera que se violentó su "derecho fundamental a la integridad física y moral, así como a la intimidad personal y familiar".
Dice la juez que "llama la atención" que, pese a carecer de licencia de apertura y haber recibido numerosas quejas vecinales desde noviembre de 2003, el Ayuntamiento permitió que continuara la actividad del local hasta mayo de 2005.
En abril de 2006 volvió a abrir y fue clausurado en mayo, en octubre de 2006 obtuvo una nueva licencia inicial y no fue hasta mayo de 2009 cuando el supermercado logró por primera vez licencia de apertura gracias a unas medidas correctoras que aparentemente han solucionado el problema de ruidos.
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